Muchos empresarios se preguntan si es obligatorio la prevencion de riesgos laborales en su empresa, y la respuesta es que sí, cualquier empresa debe cumplir dicho plan de prevención.

En este post, como laboratorio para centros de prevencion te contamos qué es dicha prevención y todo lo que debes saber sobre la misma. Sigue leyendo.

¿Qué es la prevencion de riesgos laborales?

La prevención de riesgos laborales, conocida también como PRL, es un derecho de los trabajadores para garantizar la seguridad de los mismos, en cuanto a vigilancia de la salud y evaluación de los riesgos, por lo tanto, el empresario debe cumplir unas medidas preventivas.

Esta obligatoriedad por parte del empresario se recoge dentro del real decreto 171/2004, de 30 de enero, en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales

Esta ley es muy importante gracias a que su correcta implantación y ejecución previene de enfermedades en los trabajadores, ya que, se les revisa cada cierto tiempo y se previene. Asimismo, se implanta para evitar accidentes en el sitio de trabajo, asegurando condiciones óptimas.

Es obligatorio la prevencion de riesgos laborales, pero ¿qué sanciones hay si no se cumple?

El incumplimiento de esta norma que asegura el bienestar y la buena salud de los trabajadores puede conllevar sanciones, e incluso acciones penales para el empresario.

Según el nivel de gravedad, y si son infracciones leves, graves o muy graves, las sanciones pueden oscilar entre los 30€ hasta los 600.000€

¿Quién debe llevar a cabo la prevencion de riesgos laborales?

Ahora que ya sabes que sí es obligatorio la prevencion de riesgos laborales en tu empresa, debes conocer quién debe llevar a cabo la actividad preventiva:

  1. El empresario

Es poco común, pero en muchas empresas es el propio titular del centro quien se encarga personalmente de la materia de prevención. Esto se realizará siempre y cuando tenga una mínima formación en la materia preventiva y acuda al sitio de trabajo con frecuencia. 

Si esto no es así, no podrá encargarse.

  1. Un trabajador con formación en PRL

Es posible que el empresario busque y contrate a un trabajador correctamente formado en la modalidad preventiva.

  1. Centro de prevención propio

En empresas de hasta mínimo de 25 trabajadores, pueden desarrollar su propio centro de prevención, si como se ha citado anteriormente, uno o varios empleados están formados en la materia. En este caso, el empresario deberá vigilar que se desarrollen las actividades y obligaciones en materia.

  1. Servicio de prevención ajeno

Cuando no se pueda realizar el centro de prevención interno o cuando no haya obligación legal para llevarlo a cabo, se puede contar con centros encargados externos a la empresa

De esta forma el empresario puede dedicarse por completo a la coordinación de actividades empresariales y no estar pendiente de los riesgos específicos o riesgos derivados.

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Ya ha quedado bastante claro que es obligatorio la prevencion de riesgos laborales, por lo tanto, si tu empresa puede contar, legalmente, con su propio centro de prevención, necesitarás un laboratorio para centros de prevencion que se encargue de todos los análisis y pruebas necesarias.

En Labosev, trabajamos día a día desde 1989 y destacamos en la agilidad en la entrega de resultados, garantía del servicio y seguridad del mismo, siempre con la máxima confidencialidad. 

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